Internet
en el puesto de trabajo:
Cuestión de Cultura
La implantación
de las nuevas tecnologías está revolucionando los hábitos
de comunicación y como valor añadido han provocado que
una serie de conceptos como seguridad, intimidad, secreto, inviolabilidad,
spam, etc., entren a formar parte de los llamados ciber derechos.
Nunca como hasta ahora había preocupado tanto a los ciudadanos
en general, a los trabajadores y a los empresarios los derechos inherentes
a las comunicaciones entre ellos.
Está en discusión si la red debe ser patrimonio de unos
cuantos o por el contrario convertirse, como fue en su momento la imprenta,
en patrimonio de la humanidad.
La interpretación que cada colectivo hace sobre el uso de la
red está generando conductas contrapuestas que de momento se
está dirimiendo en los tribunales, a falta de una legislación
clara al respecto.
Ante este vacío normativo es frecuente encontrarse con la utilización
de programas espía por parte de algunas empresas,(no queda otra
alternativa) con la utilización de datos personales, con la monitorización
de los terminales de los empleados en algunas empresas, con la interceptación
o violación de correos electrónicos personales, etc.
Aunque en algunas empresas ha sido posible el llegar a un acuerdo con
los trabajadores para un uso racional de las herramientas tecnológicas,
en otras como ocurre en las grandes entidades financieras, la solución
al conflicto por la vía del despido es lo más frecuente.
El conflicto quizá más conocido es el que Comfia-CCOO
mantiene contra BBVA (es España)y que está en estos momentos
en el tribunal constitucional. Lo que se discute es el derecho de los
trabajadores a recibir las comunicaciones de sus representantes legales
en su puesto de trabajo y a poder comunicarse con estos. El argumento
de la empresa es que la titularidad de los medios les faculta a interceptar
las comunicaciones.
Mientras todo esto
queda clarificado, y para evitar que los trabajadores puedan ser expedientados
o despedidos de sus empresas damos algunas recomendaciones a tener en
cuenta por lo menos en Chile:
Qué hacer y qué no hacer Correo electrónico:
• No envíes
nunca información confidencial de la empresa a terceros. Podría
dar lugar una violación de la buena fe contractual y por tanto
a una sanción o al despido, exactamente igual que ocurría
con la información en papel o en cualquier otro soporte.
• Si la empresa ha puesto a tu disposición dos cuentas
de correo, una para uso personal y otra para asuntos de trabajo, utiliza
exclusivamente la primera en tus comunicaciones privadas.
• Utiliza el correo para comunicarte con tus representantes laborales
o con los sindicatos si lo consideras oportuno.
• Cuidado con los virus. Desconfía en general de los ficheros
adjuntos y antes de ejecutarlos asegúrate de quién te
los envía y de si lo ha hecho voluntariamente (muchos virus se
auto reenvían sin conocimiento del usuario). Las posibilidades
de que se extienda la infección por la red interna de la empresa
deben hacerte ser especialmente cuidadoso. Borra dicho mensaje de tu
buzón.
• Aunque el término abuso es algo ambiguo, es importante
que, para no caer en él, consideres algunas cuestiones de sentido
común a la hora de utilizar el correo:
- No envíes mensajes o ficheros adjuntos de gran tamaño
que puedan ocasionar problemas al servidor.
- Como norma, no es conveniente que realices envíos generales
a gran cantidad de usuarios.
- Respeta los derechos de los receptores de tus correos: los contenidos
de tus mensajes deben atenerse a la ley y no contener declaraciones
ofensivas o difamatorias.
- No utilices el correo para acosar sexualmente a otros miembros del
personal, ni con fines ofensivos relacionados con la sexualidad, la
edad, la etnia, los impedimentos o la apariencia de un individuo.
• Caso de que la empresa pretenda averiguar el contenido de tus
mensajes amparándose en sospechas de un uso inadecuado, exige
siempre la presencia de un delegado sindical o miembro del comité
de empresa, de un representante que tú hayas designado o bien
ponte en contacto con CCOO.
• El patrón puede pedir que se incluya una cláusula
de no responsabilidad cuando los empleados comuniquen de manera interna
y externa, especificando que los puntos de vista expresados son aquéllos
del autor y no los de la empresa.
Navegación por Internet y por Intranets corporativas
Desde Comfia CCOO siempre hemos abogado por el derecho de los trabajadores
y trabajadoras al uso no profesional limitado de Internet/intranets.
Por ello a la hora de navegar debes tener en cuenta algunas consideraciones:
• Que la navegación no interfiera en el desarrollo de tus
funciones profesionales.
• Puedes acceder a aquellos sitios en los que se tratan temas
relacionados con el empleo, la salud y seguridad, la igualdad de oportunidades
y otros asuntos relevantes para tus derechos en el trabajo.
• Puedes acceder a sitios web de sindicatos en busca de información
o asesoramiento.
• No debes acceder deliberadamente a sitios web con contenido
pornográfico o que promuevan el racismo y la intolerancia.
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